Obras Públicas advierte de que estos terrenos son "inalienables" y el Ayuntamiento no puede disponer de ellos para entregarlos a entidades privadas.
La Junta de Andalucía ha decidido acudir a los tribunales para que anule la venta de cuatro parcelas de uso público que debían destinarse a equipamientos docentes y deportivos y que el Ayuntamiento de Granada sacó a concurso el 5 de abril para que la explotación de esas instalaciones estuviera en manos privadas. Este recurso es el último paso después de que la delegada del Gobierno andaluz, Teresa Jiménez, advirtiera hace más de tres meses al alcalde, José Torres Hurtado, de que esa enajenación no respetaba la legalidad y debía ser anulada. La impugnación se asienta en un amplio informe de la Consejería de Obras Públicas en el que se explica que los terrenos que pasan a ser propiedad pública como compensación por el desarrollo de los diferentes planes parciales están catalogados como uso público y equipamientos. Por lo tanto, su finalidad está sujeta y determinada por lo que recoge el PGOU y, aunque se trate de espacios públicos de propiedad municipal, el Ayuntamiento no puede hacer uso de ellos como si se tratara de patrimonio normal.
El delegado de Obras Públicas de la Junta en Granada, Pedro Fernández, explicó que, tal como se indica en el informe jurídico, realizar la enajenación de esas parcelas "conlleva una modificación puntual del PGOU que se debe autorizar, y la única Administración que tiene autoridad para realizar esa modificación es la Junta de Andalucía". Fernández destacó que la función de la Junta de Andalucía es velar por que se respete la legalidad en todos los municipios y en el caso de Granada explicó que solicitó el informe jurídico "porque no se trata de un hecho aislado, sino de una práctica que se estaba convirtiendo en algo habitual sin consultarlo a la Junta".
Esta medida afecta a cuatro parcelas que el Ayuntamiento había sacado ha concurso. Tres de ellas están destinadas a uso docente y la cuarta a uso deportivo. Esa instalación de uso deportivo es probablemente la más polémica, porque en ella está previsto construir el pabellón que se empleará como pista de entrenamiento en el Eurobasket 2007 y es una infraestructura imprescindible para poder mantener la categoría de subsede del campeonato internacional. El delegado de Obras Públicas aseguró que con la impugnación no se intenta bloquear ningún proyecto concreto, sino una práctica errónea que no se ajusta a la legalidad y dijo que en los casos concretos que necesitan una tramitación especial, como podría ser ese polideportivo, "el Ayuntamiento debería acudir a la Junta para estudiar esos casos concretos, pero en este caso esa solicitud concreta no se ha formulado".
A pesar de que la Junta de Andalucía ya advirtió en el mes de mayo a través de la Delegación del Gobierno al alcalde de Granada, José Torres Hurtado, de que impugnaría la enajenación si no rectificaba. Han tenido que pasar cinco meses para que esa advertencia se haya hecho efectiva. El expediente que autoriza la acción jurídica fue emitido ayer y en él se solicita la suspensión del acuerdo municipal como medida para asegurar el resultado del proceso. De hecho, expone el riesgo de que se aplique la enajenación y con el paso del tiempo el proceso administrativo quede anulado. En ese caso se ocasionarían "daños de muy difícil reparación tanto para la Administración como para los posibles adquirentes, ya que los bienes de dominio público son inalienables".
Además esta situación se vería agravada en el supuesto de que en esas parcelas se desarrollara cualquier actividad urbanística, que conllevaría, en su caso, la demolición de lo construido y un notable perjuicio económico para las promotoras y la Administración local.
El informe que han elaborado los técnicos de la Junta de Andalucía deja claro que según la jurisprudencia que existe sobre el tema, no todos los terrenos que pasan a ser de propiedad municipal pueden integrarse y gestionarse como el resto de los bienes patrimoniales. De hecho, los terrenos de dominio público como los cuatro a los que hace referencia el recurso tienen una consideración "inalienable, inembargable e imprescriptibles", por lo que el Ayuntamiento no puede disponer de ellos para venderlos a entidades privadas para su explotación aunque se mantenga la finalidad docente o deportiva de esas parcelas y su naturaleza de uso público.
La gestión de esas cuatro parcelas, según se desprende del informe jurídico en el que se apoya el recurso de la Junta de Andalucía, debe correr a cargo directamente de una Administración pública, ya sea local, autonómica o nacional. La Junta lleva a los tribunales la venta de solares municipales de uso público.
Obras Públicas advierte de que estos terrenos son "inalienables" y el Ayuntamiento no puede disponer de ellos para entregarlos a entidades privadas.
La Junta de Andalucía ha decidido acudir a los tribunales para que anule la venta de cuatro parcelas de uso público que debían destinarse a equipamientos docentes y deportivos y que el Ayuntamiento de Granada sacó a concurso el 5 de abril para que la explotación de esas instalaciones estuviera en manos privadas. Este recurso es el último paso después de que la delegada del Gobierno andaluz, Teresa Jiménez, advirtiera hace más de tres meses al alcalde, José Torres Hurtado, de que esa enajenación no respetaba la legalidad y debía ser anulada. La impugnación se asienta en un amplio informe de la Consejería de Obras Públicas en el que se explica que los terrenos que pasan a ser propiedad pública como compensación por el desarrollo de los diferentes planes parciales están catalogados como uso público y equipamientos. Por lo tanto, su finalidad está sujeta y determinada por lo que recoge el PGOU y, aunque se trate de espacios públicos de propiedad municipal, el Ayuntamiento no puede hacer uso de ellos como si se tratara de patrimonio normal.
El delegado de Obras Públicas de la Junta en Granada, Pedro Fernández, explicó que, tal como se indica en el informe jurídico, realizar la enajenación de esas parcelas "conlleva una modificación puntual del PGOU que se debe autorizar, y la única Administración que tiene autoridad para realizar esa modificación es la Junta de Andalucía". Fernández destacó que la función de la Junta de Andalucía es velar por que se respete la legalidad en todos los municipios y en el caso de Granada explicó que solicitó el informe jurídico "porque no se trata de un hecho aislado, sino de una práctica que se estaba convirtiendo en algo habitual sin consultarlo a la Junta".
Esta medida afecta a cuatro parcelas que el Ayuntamiento había sacado ha concurso. Tres de ellas están destinadas a uso docente y la cuarta a uso deportivo. Esa instalación de uso deportivo es probablemente la más polémica, porque en ella está previsto construir el pabellón que se empleará como pista de entrenamiento en el Eurobasket 2007 y es una infraestructura imprescindible para poder mantener la categoría de subsede del campeonato internacional. El delegado de Obras Públicas aseguró que con la impugnación no se intenta bloquear ningún proyecto concreto, sino una práctica errónea que no se ajusta a la legalidad y dijo que en los casos concretos que necesitan una tramitación especial, como podría ser ese polideportivo, "el Ayuntamiento debería acudir a la Junta para estudiar esos casos concretos, pero en este caso esa solicitud concreta no se ha formulado".
A pesar de que la Junta de Andalucía ya advirtió en el mes de mayo a través de la Delegación del Gobierno al alcalde de Granada, José Torres Hurtado, de que impugnaría la enajenación si no rectificaba. Han tenido que pasar cinco meses para que esa advertencia se haya hecho efectiva. El expediente que autoriza la acción jurídica fue emitido ayer y en él se solicita la suspensión del acuerdo municipal como medida para asegurar el resultado del proceso. De hecho, expone el riesgo de que se aplique la enajenación y con el paso del tiempo el proceso administrativo quede anulado. En ese caso se ocasionarían "daños de muy difícil reparación tanto para la Administración como para los posibles adquirentes, ya que los bienes de dominio público son inalienables".
Además esta situación se vería agravada en el supuesto de que en esas parcelas se desarrollara cualquier actividad urbanística, que conllevaría, en su caso, la demolición de lo construido y un notable perjuicio económico para las promotoras y la Administración local.
El informe que han elaborado los técnicos de la Junta de Andalucía deja claro que según la jurisprudencia que existe sobre el tema, no todos los terrenos que pasan a ser de propiedad municipal pueden integrarse y gestionarse como el resto de los bienes patrimoniales. De hecho, los terrenos de dominio público como los cuatro a los que hace referencia el recurso tienen una consideración "inalienable, inembargable e imprescriptibles", por lo que el Ayuntamiento no puede disponer de ellos para venderlos a entidades privadas para su explotación aunque se mantenga la finalidad docente o deportiva de esas parcelas y su naturaleza de uso público.
La gestión de esas cuatro parcelas, según se desprende del informe jurídico en el que se apoya el recurso de la Junta de Andalucía, debe correr a cargo directamente de una Administración pública, ya sea local, autonómica o nacional.
