Comunicado de Prensa De Asociación de Vecinos Albayda

Granada, 25 de febrero de 2014

Las intensas negociaciones que, desde junio de 2013, ha mantenido Albayda con el Área de Movilidad del Ayuntamiento de Granada y, más concretamente, con su concejal, Dña. Telesfora Ruíz, en relación a la implantación de la nueva Ordenanza Reguladora del Paso de Vehículos a Inmuebles han permitido satisfacer la práctica totalidad de las alegaciones que Albayda presentó durante el periodo de alegaciones abierto por la Administración Local el pasado mes de noviembre.

Los cuatro ejes esenciales sobre los que orbitaron los argumentos de Albayda eran, a nuestro juicio, de significativa relevancia pública y de especial interés para todos los vecinos del barrio afectados por esta nueva regulación. Por esa razón, el objetivo general de nuestro colectivo fue, desde el comienzo, establecer un conjunto de garantías precisas que asegurasen un ámbito y procedimiento de aplicación de esta normativa acorde a las singularidades urbanísticas de las calles peatonales de nuestra barriada y de los contribuyentes afectados, que permitiera una aplicación tributaria justa e inspirada en los principios de igualdad y progresividad.

El esfuerzo personal y participación efectiva de Albayda en la resolución de esta problemática y, sobre todo, la buena predisposición que siempre ha mostrado, Dña. Telesfora Ruíz, a la hora de mantener un marco de diálogo que garantizase una contribución al gasto público acorde a las especiales circunstancias urbanas de la barriada, han conducido a que el Ayuntamiento de Granada haya aceptado atender el conjunto de argumentos presentados en lo relativo a:

La corrección de la Ordenanza Reguladora de Paso de Vehículos a Inmuebles:

Los propietarios de viviendas situadas en calles peatonales sin acceso directo a la calzada y cuyos vehículos no transiten por la acera a la hora de acceder a sus cocheras quedan exentos de abonar dicha Tasa. Este es el caso de las calles: Albero, Paseíllo, Joseito, Perete, Tercio, Isis, etc.

Los tributantes sólo deberán abonar la tasa anual periódica y los gastos iniciales de tramitación y rebaje. Quedan exentos de cualquier contraprestación por mantenimiento de la vía pública.

Sólo deberán contar con autorización aquellos titulares de viviendas o parcelas que realicen un aprovechamiento del dominio público con sus vehículos. En ningún caso, dicha medida será obligatoria para otros ciudadanos, ni tendrá alcance confiscatorio para quienes simplemente disponen de una cochera sin usarla.

La documentación necesaria para realizar la solicitud será simplificada.

La corrección de la Ordenanza Fiscal número 14:

Las estipulaciones establecidas por la Ordenanza de Paso de Vehículos a Inmuebles estarán en armonía con la Ordenanza Fiscal.

El artículo tercero recibirá una nueva redacción e incorporará una fórmula matemática indubitable para el cálculo de dicha tasa.

Las fincas y urbanizaciones que cuenten en su interior con los correspondientes espacios para aparcamiento de vehículos y aquellas calles especiales cuyo acceso se realice a través de la acera, abonarán el vado mediante un sistema de prorrateo comunitario.

Los trámites necesarios para realizar las solicitudes serán simplificados de forma que el tributante sólo deberá presentar un croquis donde indique los metros superficiales de su cochera que son utilizados para estacionamiento de vehículos, el resto de datos se extraerán del recibo del IBI o de cualquier documento que acredite la propiedad del inmueble.

Estos resultados acreditan que la defensa del interés de público debe estar basada siempre en la firme convicción de que el diálogo y el respeto de los principios democráticos conducen a establecer los cauces más adecuados para que la Administración Pública y los Colectivos Vecinales puedan alcanzar medidas que garanticen el beneficio integral de la comunidad.

María del Carmen Muñoz Cabello, Presidenta de A.VV. Albayda